DEMANDA ESTRATÉGICA CONTRA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA O SLAPP "STRATEGIC LAWSUIT AGAINST PUBLIC PARTICIPATION". USO FRAUDULENTO DE LA JUSTICIA CON EL PODERIO ECONOMICO Y ABOGADOS DE LA CASA PARA EVITAR LA INFORMACIÓN CRITICA CONTRA LA OPUS DEI
DEMANDA ESTRATÉGICA POR EL EX-PRELADO CONTRA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA O SLAPP "STRATEGIC LAWSUIT AGAINST PUBLIC PARTICIPATION". USO FRAUDULENTO DE LA JUSTICIA CON EL PODERIO ECONOMICO Y ABOGADOS "DE LA CASA" PARA EVITAR LA INFORMACIÓN CRITICA CONTRA LA OPUS DEI.
Tras la retirada de los dos artículos por Religión Digital sin sentencia judicial que lo avale
1) https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/la-secta-obra-de-dios-religion-digital.html
y los delitos cometidos por la Obra de Dios con esta maniobra
2) https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/uso-delictivo-y-estrategico-de-las.html
Explicamos lo que es SLAPP SIGNIFICA *STRATEGIC LAWSUIT AGAINST PUBLIC PARTICIPATION, O EN ESPAÑOL, DEMANDA ESTRATÉGICA CONTRA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA. No es un tipo de delito codificado en España, sino un patrón de comportamiento procesal que se identifica por su objetivo real: no ganar un juicio es decir que haya sentencia judicial con el proceso debido, sino silenciar al crítico usando el proceso mismo como arma.
En tes caso encima el fraude es de la Jueza también, porque la vía era la civil, no la penal, por eso solo cabía archivo sin sentencia, pero es que no debia ni haber admitido a tramite esta querella
https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/el-tribunal-supremo-espanol-ha.html
Se busca con el SLAPP no poder hacer frente el demandado o CRITICO, a las fianzas disparatadas con juez y juzgado amigo encima por via penal cuando era civil la que correspondía, que solo son firmes tras sentencia condenatoria (a ver si el agorita se entera de esto), a los gastos del procedimiento como periciales, a las costas propias aún saliendo absuelto, al miedo, acoso y coacciones sufridas durante el SLAPP cometidas por los expertos en ellas, con mandato divino y mucho tiempo libre.
Pero sacar estatutos por orden del Papa tras 4 años, parece que no atinan, por 4 veces ya.
POR QUÉ ESTE CASO ENCAJA PERFECTAMENTE EN ESE PATRÓN
El demandante tiene recursos enormemente superiores al demandado. El Opus Dei es una organización con presencia en 70 países, recursos legales prácticamente ilimitados y experiencia en litigios. Religión Digital es un medio digital, y el autor original es un particular anónimo. La asimetría es total. Se solicitaba fianza de 30.000 €
El objetivo no era la verdad sino el silencio.
Si el Opus Dei realmente quería que un tribunal determinara que los artículos eran falsos, habría llevado el caso hasta sentencia. No lo hizo. Aceptó un acuerdo extrajudicial justo cuando Religión Digital, agotada por casi tres años de proceso, cedió. Una organización que busca justicia va a juicio. Una que busca silencio acepta el acuerdo cuando el otro cede.
Acuerdo que el denunciado, YO; DESCONOZCO, NADIE SE COMUNICÓ CONMIGO, PERO TENGO CONOCIMIENTO FEHACIENTE DE QUE HAN DESVELADO MI IDENTIDAD, LO QUE ES DELITO Y ACTUARÉ PENALMENTE
Mas aun en este caso la petición SLAPP en si es un delito de coacciones y revelación de secreto y contra la libertad de información, prensa y opinión, ya explicado en la entrada anterior, porque pedían "conocer la identidad de Cozumel", del autor y encima "que nunca escribiera a futuro". Pre-crimen, juzgan intenciones, no hechos probados, con un par, esa demanda debería haber sido rechazada y ser imputados por el mismo juzgado el ex-Prelado, ahora Moderador
EL PROCESO DURÓ CASI TRES AÑOS DELIBERADAMENTE.
Tres
años de costes legales, de incertidumbre, de energía directiva consumida, de
riesgo reputacional permanente para Religión Digital. Ese desgaste no es un
efecto secundario del litigio, en una SLAPP es el mecanismo principal.
Como la KGB, STASI, NKVD, Cuba de Fidel y Nicaragua Sandinista, degenerando en la vida. (famosa anécdota contada por el torero Juan Belmonte. El contexto: Belmonte narró que, al preguntar cómo se puede llegar de ser un humilde banderillero (católico) a gobernador (censor matonil de la OD) , la respuesta fue: "¿Po... po... po cómo va a sé? De... de... degenerando...)
¿Por qué no han rebatido y dado de contrario con el derecho a réplica la Obra de Dios su versión o replicado los datos?
LO QUE DISTINGUE A ESTE CASO DE UNA SLAPP ORDINARIA
Hay un elemento adicional que lo hace más sofisticado. El acuerdo extrajudicial incluye una rectificación pública firmada por Religión Digital que acusa al autor (al que no mencionan para evitar la querella... mía) de haber publicado falsedades sin fundamento y haber faltado al honor de la Opus Dei.
Eso convierte el resultado del proceso en un instrumento activo de desacreditación del crítico, no solo de silenciamiento.
No es solo que el artículo desaparezca: es que queda registrado públicamente que era mentira, sin que ningún tribunal lo haya determinado, ni explicado que dato o afirmación lo era.
LA SITUACIÓN EN EUROPA
La Unión Europea reconoció el problema de las SLAPP tan
seriamente que en 2024 aprobó una directiva específica para combatirlas en
casos transfronterizos, obligando a los estados miembros a incorporar
mecanismos de desestimación temprana de demandas manifiestamente infundadas con
fines de silenciamiento. España aún está en proceso de transponer esa
directiva, lo que significa que en el momento en que se inició este proceso, el
autor y el medio tenían prácticamente ningún mecanismo legal específico para defenderse
alegando que la querella era una SLAPP.
https://www.mjusticia.gob.es/es/institucional/gabinete-comunicacion/noticias-ministerio/Directiva-antiSLAPP
https://prime.tirant.com/es/actualidad-prime/transposicion-de-la-directiva-anti-slapp-en-espana/
Esa ausencia de protección es precisamente lo que hace que el mecanismo funcione tan bien en España para quienes tienen recursos para usarlo, mucha mala leche y muy poca vergüenza por mandato divino.
Lo que sí hay es
algo quizás más
revelador: el sistema funcionó exactamente
como el Opus Dei quería sin necesidad
de ganar en los tribunales. La presión
procesal durante casi tres años fue
suficiente para que un medio de comunicación
prefiriera ceder, rectificar y asumir el coste reputacional de reconocer que
publicó "falsedades", todo ello
sin que ningún juez haya determinado que eso fuera
así.
Que si bien los datos son certeros y el "sistema" que ellos utilizan
El contenido basado en datos públicos verificables: Comparaciones catastrales, memorias económicas publicadas por la propia investigada Torreciudad, datos del Registro, clasificaciones de inmuebles. Ese material es objetivamente consultable por cualquiera. Por ejemplo, la clasificación catastral de Torreciudad como "deportivo" y "sanidad y beneficencia" en lugar de "religioso" es un dato del catastro, no una opinión.
El problema central que el autor señala con razón; la rectificación de Religión Digital afirma que las acusaciones "no se ajustan a la realidad y carecen de fundamento", atribuyendo eso al autor religiondigital. Pero esto es un acuerdo entre dos partes, Religión Digital y el Opus Dei, donde el autor nunca tuvo voz ni representación.
Que ese texto lo acuse implícitamente de haber publicado falsedades, sin que haya una sentencia judicial que lo establezca, es jurídicamente muy cuestionable y podría ser exactamente lo que él dice: calumnia con publicidad y revelación de secretos al revelar la identidad de una fuente periodística de dos artículos de investigación
[0:40, 18/4/2026] Ex OPUS DEI: Es algo más sutil y
posiblemente más eficaz: el uso del proceso judicial
como instrumento de desgaste.

PORQUE ANTONIO MOYA NO QUIERE IR A LA VIA PENAL CONTRA EL OPUS DEI Y MI BANEO CON FORMAS DE MACARRA PRESIDIARIO, CUANDO HA ESTADO JALEANDO ESTE TEMA, ÉL NO YO, Y SE PONE A INVESTIGAR MI IDENTIDAD EN UN PROCESO EN EL QUE NO ES PARTE, EL PORQUE DE LA CENSURA, Y AL TEMA DEL POPULAR
ResponderEliminarAntonio Moya ha sido numerario por 45 años, suscriptor (persona con firma en el entramado económico ilegal y laical) y director, luego es responsable penalmente de los delitos cometidos por él directamente en su centro. Autor, cómplice, colaborador necesario y encubridor
Delitos económicos, fraude a la TGSS, explotación de las numerarias auxiliares, los mercantiles, fiscales y económicos como lavado de dinero, entrega de salarios en B, contratos en blanco de acciones privadas en CV no declaradas, firmados como ha reconocido y como obra en la denuncia al Vaticano la cual tengo íntegramente enviada fehacientemente por él mismo.
Se ha beneficiado por 45 años de un grupo criminal delictivo. Cuando expliqué esto se rio y me cortó, oíd cuando yo dije que desde los juicios de Nuremberg no existe como eximente en los códigos penales ni civiles, obediencia debida y la responsabilidad judicial es individual y personal ante ordenes injustas
Por mi parte los delitos cometidos contra mi son, calumnias, injurias, revelación de secretos de un procedimiento judicial donde él no es parte y ha conocido la sentencia, mi identidad, que es lo que buscaba la OD.
¿Quién se la ha dado, porque la ha pedido, porque la ha querido conocer?
¿De parte de quien está Moya, de las victimas, como estamos nosotros o de la OD? De la OD, sin duda, por eso va al Vaticano.
Y no solo él, el resto de asiduos. Está claro que Moya es solo la cara visible, que esos guiones y esas 1800 horas o 3 años de estudios que yo calculé y lancé la piedra... no las hace el solo, esos guiones son de muchos y por eso los errores de temas que no domina.
O las burlas del ex empleado de banca que también me ridiculizó, pero sin poder yo responder como siempre, con lo del "corrido mejicano" cuando la quiebra del Popular y la culpa fue de "Del Valle" (mexicano), estafado con el banco ya en quiebra, compra de papelitos con estados contables falsificados por 3 años atrás según los autos judiciales del Juez Pedraz (le conozco), las periciales de la AEAT y del BdE que tengo, mas el auto de Apertura de Juicio oral contra Ron y cúpula, pero no han querido tocar ese tema, NI ME RESPONDE, después de que yo hiciera un word con todo ello tras el dia de las risas. No soy digno ni de respuesta
Que se ate los machos, como de un paso más contra mi, o sin darlo, lo voy a dar yo judicialmente, ya verás que risa nos da.
Vayamos a Juicio Moya
SESGO COGNITIVO, OIGAMOS LA AUTOCONFESIÓN QUE LE AUTOINCRIMINA
https://drive.google.com/file/d/1rxEeICMMyZ6FnSUTT5VDHWr6DehN6S-G/view?usp=sharing
¿Alguien consigue el auto/sentencia de archivo por conformidad?
ResponderEliminarJUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 15 DE MADRID
Teléfono: 91 493 22 22, 91 493 20 00. Email: juzgadoinstruccion15@madrid.org. Fax: 91 493 22 25.
Titular/es actual/es del Juzgado:
Maria De La Esperanza Collazos Chamorro
Por otro lado, con el apaño entre las partes, borran todos mis escritos que de otra forma no podrían.
ResponderEliminarLa via es la civil, ahi no hay delito y encima, borrada la biografia del padre chocolatero de Escriba Albas, Escriba Corzán, fallecido hace 100 años, ha prescrito con su muerte la acción penal y la del derecho al honor civil, ejercitada por sus herederos, prescribe a los 80 años y con esta trampa y el miedo de las ovejas han borrado todo
"Derecho al Honor (Acciones Civiles Post Mortem)
Plazo de 80 años: La Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor establece que las acciones para defender el honor de un fallecido pueden ejercerse por familiares o personas designadas, pero caducan a los 80 años desde el fallecimiento."
Trampas en serie, pero nulo debate en ningún sitio, censura y punto
Si tanto interés tienes en que el juzgado decida si es verdad o no, ve, identifícate, y pide que prosiga la acción judicial.
ResponderEliminarNO HAY SENTENCIA ALGUNA QUE PELEAR, HAY ACUERDO PRIVADO ENTRE LAS PARTES, NI CONDENA NI COSTAS, NI PERDIDA DE FIANZA COMO MIENTE A GRITOS EL OTRO FANBOY: VIOLENCIA PARA IMPONER LA MENTIRA Y EL BANEO PARA NO PODER DAR MI VERSION ¿POQUE NO DEJA MOYA EXPLICARLA PERO ME HIZO MUCHOS ENCARGOS?
EliminarSigue Ud hablando como siempre con inquina hacia mí, de lo que no conoce, ni a mi mismo, bien que ha estado Ud enredando en este tema y acosándome en RRSS y ha celebrado el resultado. No me tutee, no nos conocemos de nada
¿Algo que declarar del audio subido de Moya, del cambio de actitud y de tomar parte en algo que no lo es, conocer mi identidad, investigar mi vida PRIVADA, mas las calumnias e injurias? ¿desde cuando una fianza se pierde sin sentencia firme, que no la hay, ni responsabilidad civil la cual siempre encima es menor? Mentiras y ganas de incordiar
Responda Clara
En primer lugar ya esta terminado judicialmente, archivado, y no se puede hacer nada, en segundo lugar además, no he sido parte judicial, luego no puedo solicitar nada ni pedir copia ni acceder a los autos y acuerdo privado entre las partes (cosa que Moya si conoce), en tercer lugar es un tema penal y solo se dicta si hay condena o no, no va de derecho que seria un tema civil que es lo que UD sugiere
¿Qué acción judicial va a seguir en un tema penal entre dos partes? ¿Qué condenen, que absuelvan?, ¿Qué la trampa del acuerdo entre las partes libres lo anule yo sin ser yo parte judicial?
¿Le parece a Ud. reprobable que un Juzgado conozca la verdad de un asunto que tramita y resuelve, y el querer demostrar el engaño es tener espurios intereses pero no el prevaricar, engañar a la justicia y a la sociedad y esto debe ser ocultado?
Lenguaje fino, rebuscado, pero sin saber lo que significan realmente las palabras que usa por contagio, como el sarampión, como todo en UD, vacuo, fatuo, analfabeto, iletrado, y siempre acosándome COMPULSIVA Y OBSESIVAMENTE, cuando el tema no soy yo, es la OD y vida del fundador y la perversión corrupción de la OD en todos los ámbitos
ESTE CASO DE CENSURA SIN SENTENCIA JUDICIAL QUE LO AVALE, ENCIMA POR VIA PENAL EN LUGAR DE LA CIVIL, DONDE JAMAS GANARIAN Y OBVIANDO QUE TODO LO ESCRITO ES CIERTO Y DOCUMENTADO CON DATOS DE LA PROPIO OD Y DEL CATASTRO
Ud lo celebrará en su mente, ni un post en este blog, en 4 años, solo ahora a regodearse.
Ahora con mi identidad ya revelada, irán delictivamente a segarme la hierba como hacen con todo el mundo.
Han echo trampas y fraude, por vía penal de un tema CIVIL, ahora solo cabe que yo con ese acuerdo y auto de archivo por conformidad, LOS CUALES SALVO SI ME LOS ENTREGAN, NO PUEDO TENERLOS me querelle (penal) contra Religión Digital, La Obra de Dios y contra Moya por calumnias, injurias, revelación de secretos y tal vez por fraude procesal y pida que se restauren todo mis escritos, que rectifiquen en los mismos medios y obviamente que sean condenados y ya tengan antecedentes.
¿LE PARECE A UD BIEN TODO LO EXPLICADO, SI O NO?
1) Los artículos son verdaderos, por eso no los han rebatido; La opus dei troceada en tres partes; laicos fuera, curas a las parroquias y ex-prelado solo moderador. Cuentas de Torreciudad son falsas, ellos daban 0,80 € por visitante según la memoria I, yo calculé mínimo 6 €, me denuncian y en la siguiente memoria II ponen 6 €, solo con eso ya se archiva la querella y pierden la Opus Dei y pagan costas por temeridad. Archivo, no hay sentencia de culpabilidad ni de no culpabilidad (sentencia absolutoria), hay archivo por la metida de pata y trola de la Opus Dei. Es como si denuncias un asesinato en Madrid y el asesino estaba en Laponia todo ese año, se archiva sin más.
ResponderEliminar2) No pueden decir OD que han perdido, no hay sentencia, ni al no haberla, condena en costas, cada uno paga las suyas (solo en sentencia se imponen o cada uno las suyas o de oficio), entonces llegan a un acuerdo con RD parte demandada y entre ellos dicen sus chorradas para culparme
3) No es "acuerdo judicial", es una trola porque ni habrá "acuerdo de conformidad", si lo hubiera, en penal, es decir, que el demando asume que ha cometido el ilícito, entonces habría SENTENCIA por CONFORMIDAD "el acusado asume el delito, esta conforme y por lo tanto...SENTENCIO tras acuerdo" pero debe haber SENTENCIA y no la hay, hay ARCHIVO
Ha habido archivo judicial( sin sentencia) y que la OD lo vende como acuerdo con RD a cambio de algo... es decir, MIENTEN AL DECIR QUE HA SIDO PROBADO POR PROCEDIMIENTO JUDICIAL EL ACUERDO, Y ES LAS TIPICAS MENTIRAS DE ELLOS, REBUSCADAS PARA INCAUTOS,
Y el cenutrio tarugo cretino de la hormiga y adlateres mintiendo a todo el mundo y OL censurando mis escritos. (escritos de hoy sobre la noseque intencion especial.. siguen con el rollo de los santos y paridas canonicas...)
No hay ninguna sentencia que puedan usar para decir que son falsos ni para censurar ni a ti, ni a mi ni a nadie, pero han metido el miedo a todos.
Es como si yo publico en mi blog algo y dijo que es sentencia y la paseo por los demás medios.. exigiendo su ejecución y censurando a OD y RD...
"El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz aprecia indicios de que la abogada de Koldo García, Leticia de la Hoz, ofreció 50.000 euros a Carmen Pano —la empresaria imputada en el caso hidrocarburos que aseguró haber entregado 90.000 euros en efectivo en la sede del PSOE— «con el objetivo de modificar o condicionar su declaración testifical». THE OBJECTIVE adelantó en exclusiva esta información: días antes de comparecer ante el Tribunal Supremo, Pano recibió una propuesta de acercamiento por parte de la consultora jurídico-tributaria IDBO Consultant, que trasladó a la empresaria su voluntad de alcanzar un acuerdo."
ResponderEliminarLa abogada de Religión Digital...que dice que yo he difamado, calumniado, injuriado a la Obra de Dios y que mis artículos con datos oficiales y que no han sido rebatidos POR NADIE, son falsos
Lo dijimos desde el minuto 1; mala abogada y mala persona, nunca me llamó
Otra sinvergüenza y abogada de 4houses...
https://theobjective.com/espana/tribunales/2026-05-27/juez-abogada-koldo-50000-euros-carmen-pano-pagos-ferraz/
https://okdiario.com/espana/leticia-hoz-socialista-abogada-cloaca-leire-17378880
ResponderEliminar"Leticia de la Hoz, la socialista abogada de la cloaca de Leire
Acumula acusaciones por MANIPUALCIÓN DE TESTIGOS, una sanción y estrategias que el Supremo ha tumbado de forma reiterada"
En mi caso, yo debía haber sido TESTIGO y haber defendido mis cálculos como autor contra la versión de la parte contraria, expuesta por su perito, cosa que me negaron al no citarme, ni siquiera como IMPUTADO, que en ese caso vas con abogado y procurador como personación
La abogada del acuerdo contra mi, sin ser yo parte ni conocerlo... ni el auto judicial de archivo ni el procedimiento
¿Y ahora que...?
¿Y las calumnias, injurias y gritos de la 🐜?