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USO DELICTIVO Y ESTRATÉGICO DE LAS DEMANDAS JUDICIALES PARA SILENCIAR AL CRITICO CONTRA EL CODIGO PENAL, CONTRA ARTICULO 19 DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y ARTÍCULO 20 LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

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USO DELICTIVO Y ESTRATÉGICO DE LAS DEMANDAS JUDICIALES PARA SILENCIAR AL CRITICO CONTRA CODIGO PENAL,  ARTICULO 19 DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y ARTÍCULO 20 LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 Total años de cárcel: Horquilla de  4 años y multa de 12 meses a 16 años de cárcel y multa de 26 meses Tras la querella y luego la retirada sin sentencia judicial que lo avale de dos artículos sobre Torreciudad y la situación con nuevos estatutos. https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/la-secta-obra-de-dios-religion-digital.html Carta de Derechos Humanos (Internacional): El Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". Ámbito Constitucional (Ej. España): La Cons...

INTERVENCIÓN JUDICIAL CAUTELAR, CLAUSURA Y LIQUIDACIÓN DEL OPUS DEI EN ESPAÑA. ADICIONALMENTE IMPLICACIONES Y RESPONSABILIDADES PENALES QUE PUDIERA TENER FERNANDO OCÁRIZ BRAÑA AL NO EJECUTAR LA SENTENCIA CANONICA

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INTERVENCIÓN JUDICIAL CAUTELAR, CLAUSURA Y LIQUIDACIÓN DEL OPUS DEI EN ESPAÑA. ADICIONALMENTE  IMPLICACIONES Y RESPONSABILIDADES PENALES QUE PUDIERA TENER FERNANDO OCÁRIZ BRAÑA AL NO EJECUTAR LA SENTENCIA CANONICA CONDENA AL OPUS DEI COMO SOCIEDAD, LIQUIDACIÓN ECONÓMICA Y CLAUSURA DEFINITIVA. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal Última reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal Vigente desde el 1 de julio de 2015 " La responsabilidad penal de las personas jurídicas será exigible siempre que se constate la comisión de un delito que haya tenido que cometerse por quien ostente los cargos o funciones aludidas en el artículo anterior, aun cuando la concreta persona física responsable no haya sido individualizada" RESPONSABILIDAD PENAL DEL OPUS DEI COMO PERSONA JURIDICA Artículo 31 Se añade por el art. único.21 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Art íc...

SI OCARIZ NO EJECUTA LA SENTENCIA CANÓNICA DEL CASO GAZTELUETA EXPULSANDO DE FORMA FEHACIENTE AL NUMERARIO DEL OPUS DEI, ES DELITO DE DESACATO Y CONTRA LA AUTORIDAD DEL PAPA. DEBE SER CONDENADO, EXCOMULGADO Y EXPULSADO DE LA IGLESIA

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SI OCARIZ NO EJECUTA LA SENTENCIA CANÓNICA DEL CASO GAZTELUETA EXPULSANDO DE FORMA FEHACIENTE AL NUMERARIO DEL OPUS DEI, ES DELITO DE DESACATO, REBELDIA Y CONTRA LA AUTORIDAD DEL PAPA. DEBE SER CONDENADO, CUMPLIR LA PENA, LUEGO EXCOMULGADO Y EXPULSADO DE LA IGLESIA      La sentencia es clara, EXPULSIÓN, se debe cumplir de forma clara y fehaciente, comunicar al Papa (su representante) que así ha sido cumplida, en caso contrario es delito penal de desacato judicial por parte de Ocáriz, de rebeldía y en este caso además contra la autoridad del Papa tanto como Jefe de la Iglesia y por lo tanto jefe directo de Ocáriz como del Tribunal Rotal, lo que conlleva excomunión de Ocáriz, expulsión de la Iglesia y perdida del sacramento del Orden e incluso juicio penal. El Papa es Monarca y jefe de Estado del Vaticano, Jefe del poder legislativo canónico y civil del Vaticano, Jefe del Poder Judicial y Jefe de la Gobernanza civil del Vaticano.       Cuando una sentenc...

SEGÚN CONVENGA, UN NUMERARIO PERTENECE A LA OBRA OPUS DEI UNAS VECES SI Y OTRAS NO.

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SEGÚN CONVENGA, UN NUMERARIO PERTENECE A LA OBRA OPUS DEI UNAS VECES SI Y OTRAS NO. Los miembros del Opus Dei son estructura jerárquica de la iglesia según sus estatutos, salvo si la Iglesia tiene que juzgarles. Entonces son turistas japoneses que pasaban por allí.   Los miembros del Opus Dei numerarios son estructura jerárquica de la Iglesia según sus estatutos   y  lo recuerdan siempre que piden dinero, donaciones, testamentos, publicitan sus colegios y su   labor apostólica única que nadie “ les comprende”  (sic). Pero cuando deben ser  juzgados canónicamente por la Iglesia  a la que pertenecen por la propia labor apostólica del Opus Dei y ser prelatura, en colegios y pagados por la Obra encima como profesor de religión con la peculiar visión “doctrinal” del Opus Dei, entonces son turistas japoneses con cámara de fotos y despistados que pasaban por allí... En relación al  caso Gaztelueta  donde un  numerario  en  labores de ...