RETIRADA DEL ARTICULO SIN SENTENCIA JUDICIAL POR PARTE DE RELIGIÓN DIGITAL, EL CUAL NO HA SIDO REBATIDO E INCLUYE LAS FUENTES Y TODOS LOS DATOS OFICIALES. LA SECTA OBRA DE DIOS, RELIGION DIGITAL Y D.ANTONIO MOYA SOMOLINOS DELINQUEN EX AEQUO, COMO "GRUPO CRIMINAL ORGANIZADO" AL IMPUTARME PUBLICAMENTE DELITOS, SIN SETENCIA JUDICIAL QUE LO AVALE.
RETIRADA DEL ARTICULO POR PARTE DE RELIGIÓN DIGITAL, EL CUAL NO HA SIDO REBATIDO E INCLUYE LAS FUENTES Y TODOS LOS DATOS OFICIALES DE LA PROPIA OBRA DE DIOS.
LA SECTA OBRA DE DIOS, RELIGION DIGITAL Y D.ANTONIO MOYA SOMOLINOS DELINQUEN EX AEQUO, COMO "GRUPO CRIMINAL ORGANIZADO" AL IMPUTARME PUBLICAMENTE DELITOS, SIN SETENCIA JUDICIAL QUE LO AVALE.
Sobre el artículo retirado de Religión Digital tras 3 años ... y felicitarme por no allanarse en dos vistas previas.
Rectificación de la Secta La Obra de Dios
https://opusdei.org/es-es/article/comunicado-rectificacion-religion-digital/
"Quien no condena el mal, ordena que se haga." "Decir la verdad no es generar odio, que tú odies la verdad es otra cosa." Aristóteles
https://reefcozumel.blogspot.com/2026/04/aristoteles-decir-la-verdad-no-es.html
Haré un comunicado en mi blog con el cronológico y las pruebas, incluidas las del Ex Obispo Pérez Pueyo que llevó este tema a los tribunales de Aragón y la consulta que me hizo.... después de haber leído la rectificación de RD y de la "Obra de Dios", donde con un par, ambos me acusan sin haber sentencia judicial que lo sustente, que yo he faltado a la verdad y faltado al honor a la Prelatura, LO QUE ES UN DELITO DE CALUMNIAS POR PARTE DE RELIGION DIGITAL AL ATRIBUIRME LA COMISION DE DOS DELITOS Y DEL OPUS DEI, CON AGRAVANTE DE PUBLICIDAD EN AMBOS MEDIOS, sin decir en concreto que términos y frases son las referidas
Un acuerdo de las partes, NO ES UNA SENTENCIA, AHORA YO MOVERÉ FICHA PENALMENTE CONTRA TODOS Y CON MI DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, INFORMACIÓN Y OPINION, porque no HAY SENTENCIA QUE AVALE LA RETIRADA TRAS TRES AÑOS ni tampoco se puede revelar mi identidad ya que estoy protegido por el secreto profesional, la cual ha sido revelada a D. Antonio Moya y mas personas, según consta en la grabación mía que se adjunta, DONDE CONFIESA, QUE SABE QUIEN SOY Y QUE ESTOY PIRADO, QUE NO LO DUDO, LO SUFICIENTE PARA SOPORTAR :) LA VIDA MODERNA SEGÚN C. GUSTAV JUNG y la perdida del hombre arcaico.
Y contra el COLABORADOR NECESARIO D. ANTONIO MOYA SOMOLINOS del canal de YouTube "Ágora Coherencia" y antes "Ágora Coloquios", QUE ME HA VETADO EN SU CANAL DE YOUTUBE CON AMENAZAS, COACCIONES, INJURIAS, ESTUDIANDO MI VIDA DE HACE décadas por HASTA 5 HORAS (te habrán contado la aburrida, la de verdad es mas interesante), DONDE NO HA QUERIDO LEER UN COMUNICADO QUE EL HUBIERA APROBADO PREVIAMENTE, después de que él, de forma interesada y no Yo, haya sacado este tema Torreciudad innumerables veces, me haya alabado, me haya encargado hablar de la lista de delitos de la Obra de Dios, le di plantón tras faltarme al respeto varios días en directo, tras eso me haya encargado hablar del ENDOWMENT y ayudar a varios ex-numerarios con temas legales económicos de esas firmas societarias en blanco y me haya llamado innumerables veces, yo jamás llamo a nadie.
¿También Tu, Brutus? ¿Qué te han dado Antonio $$$$?.
Tu no eres parte, ni judicial en esto, ni moral, para juzgarme, yo no soy un cretino ex-miembro ni tu "mi director" para soltar esa diarrea verbal y alzarme la voz, le gritas a tu...
NADIE PUEDE SABER MI INDENTIDAD, NI AUN CON ACUERDO ENTRE LAS PARTES, NO PUEDES TENER CONOCIMIENTO DE UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL DONDE NO HAS SIDO PARTE, Y SI LA HAN DICHO, ES UN DELITO DE COACCIONES, REVELACIÓN DE SECRETOS AL ESTAR PROTEGIDA COMO FUENTE DE NOTICIA Y OTROS PORQUE NO ES NECESARIA REVELARLA PARA LLEGAR A UN ACUERDO Y MI IDENTIDAD VIRTUAL COMO BIEN DIJISTE EL AÑO PASADO, ESTÁ PROTEGIDA Y LA HABEIS DECLARADO A LA SECTA OPUS DEI Y TU LA CONOCES, LUEGO TE LA HAN REVELADO.
Dedicando mi tiempo, conocimiento y horas de estudio con guion que leí a vuela pluma del ENDOWMENT
Ahora me agrede y censura con insultos y toma partido por la SECTA Obra de Dios
https://i.imgur.com/rXYNYxk.png
DELITO DE COACCIONES, AMENAZAS, INSULTOS, VEJACIONES, POR MOYA SOMOLINOS Y PRESUNTA REVELACIÓN DE SECRETO.
https://drive.google.com/file/d/1rxEeICMMyZ6FnSUTT5VDHWr6DehN6S-G/view?usp=drive_link
https://drive.google.com/file/d/1rxEeICMMyZ6FnSUTT5VDHWr6DehN6S-G/view?usp=drive_link
"ESTUDIO ECONÓMICO DEL SANTUARIO Y COMPLEJO DE TORRECIUDAD DEL OPUS DEI I. INGRESOS DECLARADOS POR TORRECIUDAD Las cuentas de Torreciudad son más falsas que un doblón pirata de madera del siglo XVI. Hay una transferencia ilícita e inmoral a las fundaciones laicas civiles y patronos usando el complejo religioso de Torreciudad"
https://reefcozumel.blogspot.com/2024/05/2023-07-24-estudio-economico-del.html
SERIE DE ESCRITOS SOBRE SITUACIÓN ACTUAL Y FUTURA DEL OPUS DEI TRAS EL MOTU PROPIO AD CHARISMA TUENDUM CON NUEVOS ESTATUTOS Y LA DENUNCIA PRESENTADA ANÁLISIS JURÍDICO CIVIL, PENAL Y CANÓNICO.2023-07-28
COMPLEJO... DE TORRECIUDAD SOBRE ENDEUDADO, PUEDE QUE EL VALOR NETO SEA NEGATIVO Y HAYA QUE REALIZAR UN EXORCISMO PARA EXPULSAR A LOS MERCADERES DEL TEMPLO. VIGILAD SIEMPRE LA DEUDA COMO MODO DE TRANSFERENCIA PATRIMONIAL ILÍCITA. 2024-10-12
https://reefcozumel.blogspot.com/2024/10/complejo-de-torreciudad-sobre-endeudado_72.html
NOS VEREMOS EN LOS JUZGADOS, EL QUE GANE QUE INVITE A UN ASADO
REMITIDO POR SUSAN
"SLAPP significa *Strategic Lawsuit Against Public Participation, o en español, demanda estratégica contra la participación pública."
[0:29, 18/4/2026] Susan♥ OPUS Almada Ex Auxiliar OPUS DEI: ## SLAPP en este caso concreto
SLAPP significa *Strategic Lawsuit Against Public Participation, o en español, demanda estratégica contra la participación pública. No es un tipo de delito codificado en España, sino un patrón de comportamiento procesal que se identifica por su **objetivo real*: no ganar un juicio, sino silenciar al crítico usando el proceso mismo como arma.
## Por qué este caso encaja perfectamente en ese patrón
*El demandante tiene recursos enormemente superiores al demandado.* El Opus Dei es una organización con presencia en 70 países, recursos legales prácticamente ilimitados y experiencia en litigios. Religión Digital es un medio digital, y el autor original es un particular anónimo. La asimetría es total.
*El objetivo no era la verdad sino el silencio.* Si el Opus Dei realmente quería que un tribunal determinara que los artículos eran falsos, habría llevado el caso hasta sentencia. No lo hizo. Aceptó un acuerdo extrajudicial justo cuando Religión Digital, agotada por casi tres años de proceso, cedió. Una organización que busca justicia va a juicio. Una que busca silencio acepta el acuerdo cuando el otro cede.
*El proceso duró casi tres años deliberadamente.* Tres años de costes legales, de incertidumbre, de energía directiva consumida, de riesgo reputacional permanente para Religión Digital. Ese desgaste no es un efecto secundario del litigio, en una SLAPP es el mecanismo principal.
*El resultado práctico es disuasorio para cualquier otro crítico.* Cualquier periodista o medio que ahora quiera publicar análisis críticos sobre las finanzas del Opus Dei conoce lo que le puede pasar. No necesita que le expliquen nada. El caso habla solo.
## Lo que distingue a este caso de una SLAPP ordinaria
Hay un elemento adicional que lo hace más sofisticado. El acuerdo extrajudicial incluye una rectificación pública firmada por Religión Digital que acusa al autor de haber publicado falsedades sin fundamento. Eso convierte el resultado del proceso en un instrumento activo de desacreditación del crítico, no solo de silenciamiento. No es solo que el artículo desaparezca: es que queda registrado públicamente que era mentira, sin que ningún tribunal lo haya determinado.
## La situación en Europa
La Unión Europea reconoció el problema de las SLAPP tan seriamente que en 2024 aprobó una directiva específica para combatirlas en casos transfronterizos, obligando a los estados miembros a incorporar mecanismos de desestimación temprana de demandas manifiestamente infundadas con fines de silenciamiento. España aún está en proceso de transponer esa directiva, lo que significa que en el momento en que se inició este proceso, el autor y el medio tenían prácticamente ningún mecanismo legal específico para defenderse alegando que la querella era una SLAPP.
Esa ausencia de protección es precisamente lo que hace que el mecanismo funcione tan bien en España para quienes tienen recursos para usarlo.
[0:29, 18/4/2026] Susan♥ OPUS Almada Ex Auxiliar OPUS DEI: Lo que sí hay es algo quizás más revelador: el sistema funcionó exactamente como el Opus Dei quería sin necesidad de ganar en los tribunales. La presión procesal durante casi tres años fue suficiente para que un medio de comunicación prefiriera ceder, rectificar y asumir el coste reputacional de reconocer que publicó "falsedades", todo ello sin que ningún juez haya determinado que eso fuera así.
[0:35, 18/4/2026] COZUMEL REEFS: Gracias por la explicación, pero yo no la he retirado
[0:37, 18/4/2026] Susan♥ OPUS Almada Ex Auxiliar OPUS DEI: Si, lo sé. Sólo busque entender el proceso
[0:39, 18/4/2026] Susan♥ OPUS Almada Ex Auxiliar OPUS DEI: Que si bien los datos son certeros y el "sistema" que ellos utilizan
[0:40, 18/4/2026] Susan♥ OPUS Almada Ex Auxiliar OPUS DEI: Contenido basado en datos públicos verificables: Comparaciones catastrales, memorias económicas publicadas, datos del Registro, clasificaciones de inmuebles. Ese material es objetivamente consultable por cualquiera. Por ejemplo, la clasificación catastral de Torreciudad como "deportivo" y "sanidad y beneficencia" en lugar de "religioso" es un dato del catastro, no una opinión.
[0:40, 18/4/2026] Susan♥ OPUS Almada Ex Auxiliar OPUS DEI: El problema central que el autor señala con razón
La rectificación de Religión Digital afirma que las acusaciones "no se ajustan a la realidad y carecen de fundamento", atribuyendo eso al autor. religiondigital Pero esto es un acuerdo entre dos partes, Religión Digital y el Opus Dei, donde el autor nunca tuvo voz ni representación. Que ese texto lo acuse implícitamente de haber publicado falsedades, sin que haya una sentencia judicial que lo establezca, es jurídicamente muy cuestionable y podría ser exactamente lo que él dice: calumnia con publicidad.
[0:40, 18/4/2026] Susan♥ OPUS Almada Ex Auxiliar OPUS DEI: Es algo más sutil y posiblemente más eficaz: el uso del proceso judicial como instrumento de desgaste.




Imcompresible la actitud de Antonio.No se puede dudar de unos datos extraidos de la fuente original.Y lo de Infovaticana es de traca.Entiendo tu cabreo pero piensa que el mayor desprecio es la indiferencia.Ni un minuto más de pensamiento sobre esa gente.Ishiro
ResponderEliminarGracias, no soy victima, somos adultos, simplemente como no me ha dejado dar mi versión de que todo es cierto, lo escribo en los dos blogs. La conclusión final es que yo miento, difamo y atento contra el honor... pero no dicen porque frase y datos de esos artículos , me pasan a mi la culpa y me aplican el descarte narcisista del que siempre hablamos. Obviamente, no estoy para perder el tiempo e ir penalmente contra nadie. Indiferencia y bloqueo a todos.
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